Crianza y educación

Tus derechos laborales en México

Cuando tienes un bebé o estás en periodo de lactancia tienes derechos laborales que necesitas conocer para que sean respetados.

En México la Ley Federal del Trabajo (LFT) estipula los derechos laborales de las y los trabajadores asalariados, y es donde puedes consultar tus derechos y las obligaciones de el patrón.

Antes que nada, tu empleo y prestaciones no pueden afectarse por estar en el embarazo o lactancia.

Durante este periodo no puedes realizar trabajo riesgoso, ni trabajar con materiales químicos, en condiciones físicas o con materiales que por su composición puedan afectar tu salud física y/o mental, la del lactante o del producto en gestación.

Tampoco laborar mas allá de las 10 de la noche,

Ni realizar trabajos que impliquen levantar, tirar o empujar objetos pesados, o estar de pie durante largo tiempo.

Durante esta etapa, tienes derecho a 6 semanas de descanso antes del parto y 6 semanas posteriores. Durante este período podrás gozar de tu sueldo íntegro y los derechos que hayas adquirido por la relación de trabajo. Sin embargo, este descanso se puede extender si no puedes trabajar a causa del embarazo o el parto, teniendo como derecho el 50% de tu salario por un periodo no mayor de 60 días.

En caso de que los hijos hayan nacido con cualquier tipo de discapacidad o requieran atención médica hospitalaria, el descanso podrá ser de hasta 8 semanas posteriores al parto, previa presentación del certificado médico correspondiente.

También, tienes derecho a tener un descanso de seis semanas anteriores y seis posteriores al parto, en los que percibirás tu salario íntegro; sin embargo, este descanso se puede extender si no puedes trabajar a causa del embarazo o el parto, teniendo como derecho el 50% de tu salario por un periodo no mayor de 60 días.

En tu etapa de lactancia por un periodo hasta de seis meses tienes derecho a dos reposos por día de media hora cada uno para alimentar a tu bebé, en un lugar que designe tu empresa con las condiciones de higiene adecuadas.

Asimismo, si no ha transcurrido más de un año de la fecha de parto, podrás regresar al puesto que desempeñabas sin ningún problema. Con el conocimiento de que los periodos pre y post natales deberán tomarse en cuenta en tu antigüedad laboral.

En el caso que se trate de una adopción, tienes derecho a disfrutar de un descanso de seis semanas con goce de sueldo, posteriores al día en que recibas al infante.

Y además, de acuerdo al Título Cuarto “Derechos y Obligaciones de los Trabajadores y de los Patrones” de la Ley Federal del Trabajo, tu patrón tiene prohibido:

Exigir un certificado médico de “no embarazo” para tu ingreso, permanencia o crecimiento dentro de la empresa.

Despedirte o presionarte para que renuncies en caso de estar embarazada, casarte o cuidar hijos pequeños.

Fuentes:

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_120615.pdf

 

Conoce tus derechos laborales durante el embarazo y lactancia en México

https://www.gob.mx/derechoslaborales/articulos/condiciones-de-trabajo

 

https://www.gob.mx/stps/articulos/sabias-que-la-ley-federal-del-trabajo-lft-protege-tus-derechoslaborales-desde-tu-embarazo-y-en-el-periodo-de-lactancia

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Leticia Jiménez
Bloguera y emprendedora, mamá de 2, autora de "Berrinches y rabietas para mamás imperfectas" "De esto no se habla, testimonios de violencia obstétrica" y "Mamá y papá también son pareja" disponibles en Amazon.
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